18-12-2014
Campaña de información y prevención de accidentes por el uso de material pirotécnico
La Policía Local de Leioa, ante la cercanía de las fechas navideñas, quiere recordar las principales condiciones que la Ley obliga a cumplir para la venta de material pirotécnico.
1- Para vender material pirotécnico hay que tener autorización: para obtener esta licencia hay que acudir a la Subdelegación del Gobierno en Bizkaia, sita en la Plaza Moyua nº 5, Bilbao.
2- No se pueden vender artículos sueltos. La unidad mínima de venta y puesta a disposición del público, no experto, será el envase.
3- Los artificios de pirotecnia están encuadrados en diferentes categorías en función de la edad mínima de uso:
Categoría 1: Prohibida la venta a menores de 12 años
Categoría 2: Prohibida la venta a menores de 16 años
Categoría 3: Prohibida la venta a menores de 18 años
Categoría 4: Solamente se permite su venta a profesionales.
4- Los datos que deben figurar en el artículo, envase y embalaje son los siguientes:
A) El nombre del fabricante.
B) La dirección del fabricante.
C) En caso de que el fabricante no esté establecido en la Unión Europea, deberá aparecer el nombre del fabricante y el nombre y la dirección del importador.
D) El nombre y tipo de artículo
E) La edad mínima
F) La categoría correspondiente (1-2-3-4)
G) Las instrucciones de uso
H) El año de producción para los artificios de pirotecnia de las categoría 3 y 4
I) Si procede, la distancia mínima de seguridad
J) El etiquetado incluirá la cantidad de materia reglamentada.
5-Las bengalas, bombetas, minibombetas y cohetes con juguetes y serpentinas en el interior también es material pirotécnico, y por lo tanto se deben tener en cuenta todas estas consideraciones.
6- El incumplimiento de la normativa conllevará la imposición de sanciones económicas de 300 a 90.000 euros en función de la gravedad de los hechos, además de la retirada del material.
7- En caso de duda, llame a la Policía Local (94 400 80 21 ).